Institucionales

Justificativos inasistencia Asamblea 2024

Atentos a la proximidad de la Asamblea Anual Ordinaria. el próximo sábado 05 de octubre de 2024, a las 8:30, Presencial para residentes de Paraná, en el Salón Juan Pablo II de UCA, y virtual para el resto de la provincia. En este sentido, les recordamos que son consideradas razones debidamente justificadas para no asistir a las Asambleas:

· Enfermedad del profesional, de su cónyuge, y de sus ascendientes y descendientes directos. El certificado deberá ser emitido por un médico oficial, a tal efecto el psicólogo le manifestará al médico oficial que el certificado lo solicita en virtud de que la asistencia a la Asamblea de Profesionales es una carga publica establecida por el Art. 17 de la Ley 7456. La fecha debe ser la misma que la de realización de la Asamblea. Debe presentarse dentro de los cinco días corridos de realizada la Asamblea

· El fallecimiento de alguno de los familiares anteriormente mencionados. Será probado con copia del certificado de defunción, expedido por el registro civil. Deberá ser presentado dentro de los diez días de realizada la Asamblea.

· La prestación de servicios profesionales en el ámbito estatal en las horas realizadas la Asamblea. Será probada por certificación emitida por el jefe de la repartición a que pertenece. Deberá ser presentada dentro de los cinco días de realizada la Asamblea.

-Motivos Religiosos y de Fe.

-Capacitación. La misma deberá ser acreditada por constancia o certificación de la Institución Académica.

Todas aquellas razones de inasistencia que no estén incluidas en lo anteriormente mencionado, también deberán ser justificadas por medio de una nota y adjuntando copia de certificación, pasajes de transporte, pasaporte, etc. Quedando a consideración de las autoridades designadas si se las considera pertinente o no. 

Quienes remitan el certificado por e-mail tienen que hacerlo a [email protected] dentro del plazo indicado, tiene que estar en archivo adjunto, y debe indicar nombre, apellido y Nº de Mat. Prov. del profesional; igualmente debe ingresar por mesa de entrada dentro de los 30 días corridos posteriores a la Asamblea, caso contrario no será tomado como válido.

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